Se acabó el trabajo en el mar – ahora aclaramos las prestaciones de la Seemannskasse posibles
Los años pasados a bordo fueron bonitos, pero también duros. Ahora que se ha decidido a abandonar la profesión marinera, corresponde aclarar su futuro económico inmediato.
La Seemannskasse le brinda en esta situación una importante protección social. Sobre todo, si cesa en la profesión marinera sin tener derecho al cobro de una pensión del sistema público de pensiones. Nosotros le ayudamos a “llegar a buen puerto”.
Un marinero atraviesa en su vida profesional también épocas tempestuosas. Tal vez ha estado algún tiempo en el paro o enfermo. Juntos aclararemos aquí qué prestaciones de la Seemannskasse puede usted solicitar ahora en esta nueva fase de su vida.
A este efecto es de importancia primordial saber qué condiciones usted reúne para la obtención de estas prestaciones – por ejemplo, cuánto tiempo ha estado embarcado. Aproveche por ello la oferta de asesoramiento en los centros de información y asesoramiento de Deutsche Rentenversicherung Knappschaft-Bahn-See.
Estos son los requisitos para poder cobrar prestaciones de la Seemannskasse
Usted tiene que tener 56 años para obtener estas prestaciones
- Usted no puede cobrar la ayuda transitoria (Überbrückungsgeld), llamada también “Seemannsrente” (“pensión del marinero”), y todas las demás prestaciones de la Seemannskasse antes de haber cumplido 56 años.
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Las demás prestaciones de la Seemannskasse incluyen también la “compensación por causa de reducción de la pensión” (“Abschlagsausgleich”). Esta prestación se paga a marineros que cobran una pensión de jubilación total (Altersvollrente) reducida (no antes de cumplir 60 años).
Una compensación por causa de reducción de la pensión obtienen asimismo marineros que cobran una “pensión por incapacidad permanente” (“Rente wegen Erwerbsminderung”), dado que su importe está reducido, o sea disminuido, en virtud de su cobro anticipado. Esta compensación se obtiene a partir de 56 años.
- La Seemannskasse le paga la “prestación antes del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación (“Leistung vor Erreichen der Regelaltersgrenze”) si usted cobra una pensión de jubilación total no reducida. La fecha de inicio del pago de una pensión de jubilación total no reducida depende de su edad ordinaria de jubilación individual.
- La Seemannskasse le paga sólo la “prestación después del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación (“Leistung nach Erreichen der Regelaltersgrenze”) después de haber alcanzado su edad ordinaria de jubilación.
Usted ha cesado su actividad en el sector naviero alemán o extranjero
El marinero obtiene una prestación de la Seemannskasse después de haber cesado su actividad en el sector naviero alemán o extranjero.
Usted no tiene derecho al cobro de una pensión por incapacidad permanente total o una pensión de jubilación total
La ayuda transitoria se puede pagar tan sólo si usted no tiene derecho al cobro de una
- “pensión por incapacidad permanente total” no reducida.
- pensión de jubilación total (sin reducciones).
Si tiene derecho al cobro de una de estas dos pensiones, pero no solicita su concesión, no puede cobrar una ayuda transitoria. Entonces se comprobará aparte si se le puede otorgar una compensación por causa de reducción.
A fin de poder optar a la “prestación antes del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación”, tiene que estar cobrando una pensión de jubilación total anticipada no reducida. La prestación se pagará de forma paralela a su pensión, sin que importe a este efecto que se produzca una modificación del importe o incluso un cese del pago de su pensión en consecuencia de la imputación de ingresos.
También la “prestación después del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación” se pagará de forma paralela a su pensión de jubilación.
Usted no tiene derecho al cobro de prestaciones por desempleo
La ayuda transitoria es subsidiaria a la prestación por desempleo tipo I, con lo cual se le otorgará tan sólo si usted no tiene derecho al cobro de la prestación por desempleo tipo I. La ayuda transitoria no se le otorgará tampoco si usted no cobra la prestación por desempleo tipo I por alguna de las siguientes causas:
- No ha solicitado el pago de una prestación por desempleo.
- No se ha dado de alta en el paro.
- No tiene derecho al cobro de una prestación por desempleo tipo I, sino al cobro de un subsidio por enfermedad (Krankengeld).
¿Qué significa “disponibilidad” en el mercado laboral?
Quien solicita el pago de la prestación por desempleo tipo I, tiene que estar dispuesto a aceptar cualquier empleo adecuado. La normativa llama esta disposición a trabajar “disponibilidad laboral”. El cese de profesionales del mar en su actividad marinera puede obedecer a numerosas causas: problemas de salud, pero también problemas familiares suelen ser aquí frecuentes (problemas maritales o dificultades en la educación de los hijos). También un matrimonio puede constituir un motivo para abandonar la profesión marinera.
Por consiguiente, resulta particularmente importante señalar estas causas a la hora de solicitar el pago de una prestación por desempleo tipo I. Usted tiene que exponer por qué no se le puede exigir razonablemente que continúe trabajando en un barco y no le es más posible asegurar la “disponibilidad laboral” requerida.
Estancia en el extranjero
Si usted cobra una prestación por desempleo tipo I y reside en otro Estado miembro de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo, tiene derecho al cobro de la prestación por desempleo tipo I alemana durante 3 meses adicionales.
¿Qué debe hacer entonces? Usted tiene que formular una solicitud en Alemania que le permita solicitar el pago continuado de la prestación por desempleo tipo I a la agencia de empleo extranjera. La Agentur für Arbeit competente hasta ahora en Alemania utiliza a este efecto el formulario E 301. Usted debe aportar además a la agencia de empleo en el nuevo Estado de residencia el formulario E 303.
Usted no tiene derecho al cobro de una prestación por desempleo durante el “período de suspensión” (“Sperrzeit”)
En caso de baja voluntaria (“dimisión”) en un empleo en un barco, usted cobrará tan sólo al cabo de 12 semanas la prestación por desempleo tipo I del seguro de desempleo. Usted cobra durante este llamado “período de suspensión” la ayuda transitoria de la Seemannskasse.
La ayuda transitoria no se paga, con todo, en caso de suspensión de la prestación por otras causas (por ejemplo, una inscripción atrasada como demandante de empleo).
El derecho al cobro de la prestación por desempleo tipo I se halla igualmente en suspenso
- si usted tiene derecho al cobro de una remuneración laboral después de terminado su empleo
- si usted obtiene de su empleador una prestación pecuniaria por no haber tomado sus vacaciones (“retribución por vacaciones no disfrutadas”)
- si no se ha cumplido el plazo reglamentario de preaviso para su despido y usted obtiene por ello una indemnización
Usted no ha cobrado una ayuda transitoria de duración limitada (Überbrückungsgeld auf Zeit)
La Seemannskasse no le pagará más prestaciones si usted ha cobrado ya una ayuda transitoria de duración limitada en el pasado.
Usted ha cumplido todos los períodos de calificación
Para poder cobrar la ayuda transitoria, tiene que haber cumplido un período de embarco de 20 años (o sea 240 meses naturales imputables). Usted cumple en este caso el llamado “período de calificación.
¿Qué tiene la consideración de período de calificación?
Sus períodos de embarco cotizables como trabajador por cuenta ajena o como patrón de una embarcación de navegación o pesca costera sujeto a cotización al seguro obligatorio de pensiones.
¿Qué no tiene la consideración de período de calificación?
- Los tiempos, en los que usted ha cotizado voluntariamente al seguro obligatorio de pensiones
- Períodos de imputación, o sea, por ejemplo, períodos de escolaridad (también en escuelas náuticas)
- Los tiempos, en los que ha estado enfermo o en paro
- Los tiempos de educación de hijos
- Los tiempos, en los que ha cobrado una prestación por desempleo, un subsidio por enfermedad, un subsidio de accidentado (Verletztengeld) o una ayuda transitoria – incluso si ha recibido estos pagos inmediatamente después de sus períodos de embarco
- Períodos de embarco en buques bajo pabellones de otro país, en los que no ha estado sujeto a cotización obligatoria
Usted cumple los “requisitos de seguro específicos”
Usted cumple los requisitos de seguro específicos de la Seemannskasse, si ha trabajado después de cumplidos los 37 años durante un mínimo de 9 años (o sea 108 meses) como trabajador por cuenta ajena o patrón de una embarcación de navegación o pesca costera en el sector naviero alemán (incluida la pesca costera y de alta mar).
El plazo de determinación (Bemessungszeitpunkt), o sea 37 años cumplidos, se adelantará en la duración de los períodos de desempleo, siempre que tenga períodos de cotización o imputación al seguro de pensiones después de cumplidos 50 años.
Formule su solicitud con nuestra asistencia
Usted debe solicitar la ayuda transitoria y las prestaciones complementarias de la Seemannskasse. Le recomendamos formular la solicitud lo más oportunamente posible antes del cese en la profesión marinera o el inicio de la pensión.
Un consejo: Consúltenos antes de solicitar sus prestaciones. Nuestros expertos en los centros de información y asesoramiento de Deutsche Rentenversicherung Knappschaft-Bahn-See le asesorarán con mucho gusto. Además, no espere demasiado cuando tenga claro que dejará la profesión marinera o cesará el pago de la prestación por desempleo tipo I.
Usted cobrará la ayuda transitoria y otras prestaciones de la Seemannskasse lo más pronto la fecha de presentación de su solicitud.
Consúltenos por tanto tempranamente para poder aclarar sin apremios todas las cuestiones pendientes en relación con su cuenta de seguros.
Cuándo cobra las prestaciones de la Seemannskasse
Si reúne todos los requisitos para el cobro de una prestación de la Seemannskasse, obtendrá la ayuda transitoria y otras prestaciones de la Seemannskasse lo más pronto la fecha de presentación de su solicitud.
Las “prestaciones antes o después del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación ” se le otorgarán a partir del mes a cuyo inicio reúna los requisitos pertinentes.
Si solicita la prestación más tarde, ésta se le otorgará a partir del mes natural siguiente al mes en el que la hubiese solicitado.
Los Estados miembros de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (EEE) incluyen:
Austria, Bélgica, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Suecia.
Debido a la existencia de un tratado, el régimen relativo a la prestación por desempleo tipo I citado se aplica asimismo en la relación con Suiza.